08/07/2014

RPT-DATOS-La letra chica de la ambiciosa reforma energética en México

MEXICO-REFORMA-ENERGIA (DATOS,RPT):RPT-DATOS-La letra chica de la ambiciosa reforma energética en México

(Repetición de nota transmitida la noche anterior. No altera texto)

MEXICO DF, 6 ago (Reuters) - El Congreso mexicano terminó el miércoles de aprobar un paquete de leyes necesarias para implementar una amplia reforma energética, a la que el Gobierno apuesta para elevar la inversión e impulsar la economía.

A continuación, algunos de los principales aspectos de la legislación secundaria derivada de la reforma constitucional promulgada en diciembre por el presidente Enrique Peña.

HIDROCARBUROS

* Las empresas privadas podrán participar en actividades de exploración y extracción de hidrocarburos a través de contratos, que podrán ser de servicios, de utilidad o producción compartida o licencias.

* Las zonas que la petrolera estatal Pemex reciba para exploración y extracción serán bajo el esquema de asignaciones, pero podrá migrar a contratos, en los que podrá asociarse con privados.

* Los contratos serán licitados por el regulador del sector petrolero, la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH).

* La CNH también se encargará de aprobar los planes de exploración y extracción de hidrocarburos, y de autorizar la perforación de pozos exploratorios -en aguas profundas y ultraprofundas- entre otras funciones.

* La Secretaría de Energía (Sener) regulará y otorgará los permisos para el tratamiento y refinación del petróleo, procesamiento de gas natural y la exportación e importación de hidrocarburos y petrolíferos.

* La Comisión Reguladora de Energía (CRE) supervisará y otorgará los permisos para el transporte, almacenamiento, distribución, compresión, licuefacción, descompresión, regasificación, comercialización y expendio al público de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos y la gestión de sistemas integrados.

* El conjunto de insumos y materiales para la exploración y extracción de hidrocarburos deberá ser en promedio al menos un 25 por ciento de origen mexicano al 2015. Este promedio se elevará gradualmente hasta alcanzar el 35 por ciento en el 2025.

* La Sener establecerá una participación obligatoria de Pemex u otra empresa productiva del Estado de al menos un 20 por ciento en los contratos en las áreas donde exista la posibilidad de encontrar yacimientos transfronterizos. En caso de que se confirme la existencia de hidrocarburos, se aplicarán los tratados internacionales que México haya suscrito al respecto.

* Los inversionistas tendrán que ceder entre un 0.5 y 2 por ciento de sus ingresos a los propietarios de los terrenos donde se pueda extraer petróleo y entre un 0.5 a 3 por ciento de donde sea posible comercializar gas natural no asociado.

* En áreas naturales protegidas no se podrán otorgar asignaciones ni contratos para la exploración de hidrocarburos.

* El Gobierno podrá revocar los contratos y asignaciones cuando la empresa emita en más de una ocasión reportes falsos o incompletos, no cumpla con el plan de trabajo o suspenda actividades por más de 182 días sin causa justificada o cuando se presente un accidente grave.

* La legislación establece una serie de multas por no cumplir con las condiciones de los permisos, contratos o asignaciones, por iniciar proyectos sin autorización de las autoridades o proporcionar información falsa.

* El Gobierno podría asumir una parte del pasivo laboral de Pemex y de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), bajo condición de que ambas empresas modifiquen sus contratos colectivos de trabajo durante el año siguiente a la entrada en vigor del acuerdo.

FONDO MEXICANO DEL PETRÓLEO

* Se establece la creación del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, que se encargará de recibir y administrar los ingresos petroleros con excepción de los impuestos. El Fondo deberá transferir a la Secretaría de Hacienda los recursos necesarios para que los ingresos petroleros que se destinen al presupuesto anual se mantengan en el 4.7 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB).

CONTRAPRESTACIONES Y RÉGIMEN FISCAL DE PEMEX

* Todos los tipos de contratos deberán pagar un monto mensual por kilómetro cuadrado del área en exploración. Una vez que haya producción, se pagará una regalía sobre el valor bruto de los hidrocarburos producidos.

* Los contratos de licencia pagarán además un bono a la firma del contrato; una vez que haya producción se aplicará una tasa, ya sea a la utilidad operativa o al valor contractual de los hidrocarburos.

* En los contratos de utilidad y de producción compartida se pagará al Estado además una contraprestación que se determinará mediante la aplicación de un porcentaje a la utilidad operativa.

* Los contratistas podrán deducir parte de las inversiones realizadas para la exploración, aplicación de recuperación secundaria y mejorada, mantenimiento no capitalizable, inversiones para extracción de crudo o gas natural, así como inversiones en infraestructura de almacenamiento y transporte.

* El régimen fiscal de Pemex se modifica. De seis derechos que paga actualmente se reducirán a tres, que son:

-Derecho por la utilidad compartida, que será del 65 por ciento sobre el valor de los hidrocarburos menos las deducciones permitidas

-Derecho de extracción de hidrocarburos, que aplicará una tasa fija sobre los ingresos totales obtenidos de la producción de hidrocarburos (equivalente a una regalía).

-Derecho de exploración de hidrocarburos, por el que se pagará mensualmente 1,150 pesos (86 dólares) por kilómetro cuadrado en las áreas en exploración.

Este monto se pagará durante los primeros cinco años de vigencia de la asignación. Una vez cumplidos los cinco años se pagará una cuota mensual de 2,750 pesos (208 dólares) por kilómetro cuadrado. Las cuotas de este derecho se actualizarán cada año de acuerdo a la inflación.

* Pemex pagará además cada año un dividendo al Estado, que será determinado por la Secretaría de Hacienda en base a la situación financiera de la empresa y sus planes de inversión y financiamiento. El monto esperado del dividendo estatal se incluirá en la iniciativa de Ley de Ingresos a ser aprobada por el Congreso.

* El dividendo empezará a aplicarse para el ejercicio fiscal 2016 y será, en esa ocasión, equivalente al 30 por ciento de los ingresos después de impuestos que genere Pemex en el 2015. El nivel mínimo del dividendo estatal se irá reduciendo hasta alcanzar el 15 por ciento en el 2012 y 0 por ciento en el 2027.

(1 dólar = 13.2395 pesos) (Reporte de Noé Torres y Adriana Barrera)



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